Tributario

Convenios y condonación de deudas tributarias: la ventana de 180 días para ponerte al día

7 de octubre de 2026 3 min de lecturaPor Equipo Contawork
Convenios y condonación de deudas tributarias: la ventana de 180 días para ponerte al día

Si tu empresa arrastra deudas con el Fisco por IVA, PPM, impuesto a la renta o retenciones, se viene una oportunidad que no conviene dejar pasar. La Ley de Reconstrucción Nacional, despachada por el Congreso en agosto de 2026 y a la espera de su publicación en el Diario Oficial, contempla un programa transitorio de convenios de pago con condonación de intereses y multas administrado por la Tesorería General de la República (TGR).

La clave está en el plazo: el beneficio dura 180 días desde la publicación de la ley. Quien no tenga claro cuánto debe ni cómo va a pagar, corre el riesgo de quedarse fuera.

¿Qué deudas se pueden acoger?

Según el texto despachado, el programa aplica a deudas fiscales vencidas al 31 de diciembre de 2025. Las deudas que vencieron durante 2026 quedarían fuera y siguen sujetas a las reglas generales de convenios de la TGR.

¿Cuánto se condona?

El beneficio depende de la forma de pago:

  • Pago al contado: condonación de hasta el 100% de los intereses y hasta el 80% de las multas.

  • Pago en cuotas (hasta 24 meses): condonación de hasta el 95% de los intereses y hasta el 75% de las multas, con un pie mínimo de 10% del capital adeudado.

En la práctica, para deudas antiguas los intereses y multas pueden representar una parte muy relevante del total. Una condonación de esta magnitud puede reducir significativamente lo que efectivamente se paga.

¿Quiénes pueden acceder?

  • Personas naturales.

  • Micro, pequeñas y medianas empresas.

Además, se contempla un límite de tres convenios por contribuyente. Las grandes empresas no estarían incluidas en este beneficio.

Riesgos de no regularizar

Una deuda tributaria impaga no solo crece por reajustes, intereses y multas. También puede derivar en:

  • Retención de devoluciones de impuestos.

  • Cobranza judicial y embargo de bienes.

  • Bloqueos o restricciones en el timbraje de documentos y trámites ante el SII.

  • Dificultades para acceder a crédito bancario, licitaciones públicas o certificados de deuda.

Cómo prepararte desde hoy

  1. Obtén tu certificado de deuda en el sitio de la TGR y revisa el detalle por formulario y período.

  2. Cruza la deuda con tu contabilidad: muchas veces aparecen giros por diferencias que pueden corregirse o rectificarse antes de pagar.

  3. Revisa declaraciones pendientes en el SII: un F-29 o F-22 no presentado puede impedir que la deuda quede correctamente determinada.

  4. Define tu capacidad de pago para decidir entre contado o cuotas. La diferencia en condonación es menor, pero el contado maximiza el ahorro.

  5. Ten listo el pie si optas por cuotas, considerando el 10% del capital.

Importante: este artículo se basa en el texto despachado por el Congreso, a octubre de 2026. Los porcentajes, plazos y requisitos definitivos deben verificarse con la ley publicada en el Diario Oficial y las instrucciones que dicte la Tesorería General de la República.

Conclusión

Pocas veces hay una oportunidad tan clara de limpiar deudas tributarias pagando bastante menos. El plazo de 180 días puede parecer amplio, pero entre revisar la deuda, corregir declaraciones y reunir el pago, el tiempo se va rápido.

En Contawork te ayudamos a revisar tu situación ante el SII y la Tesorería, y a definir la mejor forma de regularizarla. Solicita un diagnóstico tributario gratuito y llega preparado.

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