Después de meses de tramitación, el Congreso despachó en agosto de 2026 la Ley de Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social, la reforma tributaria más amplia desde 2020. El 2 de octubre el Tribunal Constitucional terminó su control preventivo, eliminando solo disposiciones municipales y ambientales, y la ley quedó lista para su promulgación y publicación en el Diario Oficial. Varias medidas corren desde esa publicación, por lo que conviene llegar preparado.
En este artículo resumimos los cambios que más impactan a las pymes y el calendario estimado de cada uno.
1. Rebaja gradual del impuesto de Primera Categoría
La tasa del régimen general baja de forma escalonada:
Año comercial 2026: 27%.
2027: 25,5%.
2028: 24%.
2029 en adelante: 23%.
En paralelo, se elimina gradualmente la obligación de restituir el 35% del crédito por Primera Categoría en los impuestos finales, avanzando hacia la integración total del sistema. Para socios y accionistas de empresas del régimen general, esto significa una menor carga total al momento de retirar o distribuir utilidades.
Las empresas del Régimen Pro Pyme mantienen, por ahora, su tasa transitoria del 12,5% para los años comerciales 2025 a 2027 (Ley N° 21.755), sujeta al cumplimiento de la cotización del empleador de la reforma de pensiones. Revisa con tu contador cómo interactúa esta tasa con la nueva escala una vez publicado el texto definitivo.
2. Medidas que parten el 1 de noviembre de 2026
PPM pyme más bajo: la tasa de pagos provisionales mensuales para pymes baja de 0,25% a 0,23%.
Crédito para exportadores de servicios de la economía del conocimiento.
Cambios a la franquicia tributaria Sence.
Mayor cruce de información: el SII podrá intercambiar datos con otros organismos del Estado, lo que eleva el estándar de consistencia de tu información.
3. Ventanas transitorias que corren desde la publicación
Convenios y condonación de deudas (180 días): para deudas fiscales vencidas al 31 de diciembre de 2025, con condonación de hasta 100% de intereses y 80% de multas si se paga al contado.
Impuesto sustitutivo de 10% (8 meses): permite tributar saldos históricos de utilidades (STUT, FUR y retiros en exceso) con una tasa única, sin derecho a crédito por Primera Categoría.
Repatriación de capitales (12 meses, desde enero de 2027): declaración voluntaria de bienes en el exterior con impuesto de 10%, o 7% si se traen al país y se mantienen invertidos.
4. Crédito tributario por empleo formal
Uno de los cambios más relevantes para empresas intensivas en mano de obra es un nuevo crédito contra el impuesto de Primera Categoría, calculado sobre las remuneraciones de trabajadores de ingresos bajos y medios. Lo explicamos en detalle en un artículo aparte, junto con su aplicación práctica.
5. Otras medidas a tener en el radar
IVA en viviendas nuevas: suspensión por un año desde el 1 de diciembre de 2026, con devolución para ventas realizadas desde el ingreso del proyecto.
Impuesto a las donaciones: rebaja transitoria de 50% por 12 meses.
Ganancias de capital bursátil: cambios al tratamiento del artículo 107 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Invariabilidad tributaria: nuevo régimen para grandes proyectos de inversión.
Qué conviene hacer desde ya
Revisar tu deuda fiscal en la Tesorería y el SII para evaluar si te conviene la ventana de condonación.
Calcular tus saldos de utilidades históricas (registros RAI y STUT) para decidir si el impuesto sustitutivo es conveniente para tus socios.
Ajustar tu proyección de flujo con el nuevo PPM y la tasa de impuesto que te corresponda.
Verificar el cumplimiento previsional, que hoy condiciona beneficios tributarios como la tasa Pro Pyme rebajada.
Importante: este resumen refleja la información disponible a octubre de 2026, antes de la publicación oficial de la ley. Las fechas exactas, requisitos y montos deben verificarse con el texto publicado en el Diario Oficial y las circulares que emita el SII.
Conclusión
La Ley de Reconstrucción trae beneficios concretos para las pymes, pero varios de ellos tienen plazos acotados. Quien llegue con su información ordenada podrá aprovecharlos; quien no, los verá pasar.
En Contawork estamos siguiendo de cerca la publicación de la ley y sus instrucciones. Si quieres saber cuáles de estas medidas aplican a tu empresa, puedes solicitar un diagnóstico tributario gratuito.
¿Necesitas ayuda con esto?
Solicita un diagnóstico tributario gratuito y deja que el equipo de Contawork ordene tu empresa.
Diagnóstico Gratis

