
Una de las medidas más comentadas de la Ley de Reconstrucción Nacional es la exención transitoria de IVA en la venta de viviendas nuevas. El Presidente promulgó la ley el 9 de octubre de 2026. Para que entre en vigencia falta que la Contraloría tome razón del decreto y que la ley se publique en el Diario Oficial.
¿En qué consiste?
La primera venta de viviendas nuevas quedará exenta de IVA durante 12 meses. El objetivo es reactivar la venta del stock de viviendas terminadas y, con eso, la construcción y el empleo en el sector.
¿Desde cuándo rige?
El plazo se cuenta desde la publicación de la ley en el Diario Oficial. Según las estimaciones del Gobierno, si se publica en octubre, la exención partiría el 1 de noviembre de 2026. Las fuentes difieren en si el plazo corre desde el mes siguiente o el subsiguiente a la publicación, así que la fecha exacta debe confirmarse con el texto publicado.
¿Qué viviendas aplican?
Que sea la primera transferencia de dominio después de la recepción municipal.
Que la vivienda tenga recepción municipal otorgada antes de la publicación de la ley.
Que la venta la haga un vendedor habitual a un comprador no relacionado.
Bodegas y estacionamientos, siempre que se vendan en el mismo acto que la vivienda.
Ojo: no es una rebaja automática de 19%
La exención es voluntaria para la inmobiliaria.
El efecto en el precio dependerá del crédito fiscal acumulado y de los costos de cada proyecto.
El vendedor mantiene el derecho a usar el crédito fiscal de la construcción contra otros débitos de IVA.
¿Y si ya compraste?
Las compraventas escrituradas desde el 22 de abril de 2026, fecha en que el proyecto ingresó al Congreso, podrían optar a la devolución del IVA pagado, según las condiciones que fije la ley.
Qué conviene preparar si tu empresa construye o vende viviendas
Identifica el stock que tiene recepción municipal y la fecha de cada recepción.
Calcula el crédito fiscal asociado a cada proyecto y cómo lo vas a imputar.
Revisa las ventas escrituradas desde el 22 de abril que podrían optar a devolución.
Define tu política de precios antes de que parta la exención.
Importante: este artículo se basa en la ley promulgada, pendiente de publicación en el Diario Oficial, a octubre de 2026. Los requisitos y plazos definitivos deben verificarse con el texto publicado y las instrucciones del SII.
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Fuente: Ley de Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social (Boletín 18.216-05), promulgada el 09-10-2026. Información general; cada caso requiere análisis particular.
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